Comúnmente la prestación correspondiente a un accidente laboral o enfermedad profesional está a cargo de las ART, pero ¿que ocurre si el trabajador no esta registrado (en negro)? En este articulo lo abordaremos.
Este suele ser un problema mas común de lo que parece, ya que los empleadores para ahorrarse costos suelen no registrar a los trabajadores pero aquí se pueden dar tres supuestos.
Primero aunque el trabajador suponga que esta en negro debemos verificar que esto es realmente así, ya que a veces el empleador simplemente no le entrega los recibos de sueldo para que no tome conocimiento de lo que realmente le pagan, si tiene esta duda nuestros abogados también pueden averiguarlo y realizar el posterior reclamo a la ART que corresponda.
Segundo puede ocurrir que esté en negro (no registrado) pero que otros trabajadores que cumplen tareas para el mismo empleador si lo estén, en este caso se podría optar por reclamar a la correspondiente ART de los otros trabajadores o directamente al empleador y también es un tramite que nuestros abogados pueden llevar adelante.
Por ultimo y lamentablemente el caso mas común, es que tanto el trabajador que sufrió el accidente como el resto de los dependientes de su empleador (si los hubiera) se encuentran completamente en negro, a veces contratando un seguro de riesgos personales, que en ningún caso es lo que corresponde, si usted esta en negro y le ocurre un siniestro, nos remite a la siguiente pregunta:
En ese caso mediante nuestros abogados iniciaremos un reclamo contra el empleador, no solo para que se haga cargo del accidente laboral o enfermedad profesional que corresponda, sino tambien para que registre adecuadamente al trabajador. En el caso de no llegar a un acuerdo tambien podemos llevar adelante la demanda judicial donde realizaremos con argumentos técnicos el pedido para que el hecho sea considerado laboral y que el empleador se deba hacer cargo, ademas un medico de nuestro estudio realizará el informe medico correspondiente que le brindaremos según sea necesario a su patología, desde ya que el trabajador en todo este proceso no deberá pagar honorarios por adelantado, ya que los mismos se descontaran del resultado de este proceso y de lo que pague el empleador, por lo que si el trabajador no cobra, tampoco lo haremos nosotros.
Si quiere recibir asesoramiento personalizado sobre su caso puede contactarse a las vías de comunicación que figuran debajo
También puede ver el resto de preguntas relacionadas con la ART o nuestros servicios desde AQUI>>>
Para hacernos cualquier tipo de consulta o pedir un turno puede enviarnos un Whatsapp las 24Hs. al 11-5025-7136 o pulsando sobre el icono de Whatsapp que aparece al pie de la pantalla.
También puede enviarnos un mail a consultas@estudiojuridicomedico.com
Consúltenos desde aquí